El artículo 205 de la Constitución Política del Perú establece que, agotada la jurisdicción interna, quien se considere lesionado en los derechos que la Constitución reconoce puede recurrir a los tribunales u organismos internacionales constituidos según tratados o convenios de los que el Perú es parte.
Este artículo reconoce el derecho a la jurisdicción supranacional, que es el derecho de las personas a recurrir a tribunales internacionales para la protección de sus derechos humanos.
La jurisdicción supranacional se basa en la idea de que los derechos humanos son universales y que los Estados tienen la obligación de respetarlos y garantizarlos, incluso cuando los tribunales nacionales no lo hagan.
En el caso del Perú, el artículo 205 de la Constitución establece que los tratados o convenios de los que el Perú es parte pueden establecer tribunales u organismos internacionales que tengan la competencia para conocer y resolver casos relacionados con los derechos humanos.
Algunos de los tribunales u organismos internacionales que pueden ser competentes en estos casos son:
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
La Corte Europea de Derechos Humanos (Corte EDH)
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)
Los casos que pueden ser sometidos a la jurisdicción supranacional son aquellos en los que una persona considera que sus derechos humanos han sido violados por un Estado.
Por ejemplo, una persona que ha sido condenada injustamente o que ha sido víctima de tortura puede recurrir a un tribunal internacional para que se le haga justicia.
La jurisdicción supranacional es un mecanismo importante para la protección de los derechos humanos. Permite a las personas que han sido víctimas de violaciones de derechos humanos acceder a la justicia, incluso cuando los tribunales nacionales no les han dado una respuesta satisfactoria.
En el caso del Perú, la jurisdicción supranacional ha sido utilizada en casos como el de los familiares de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, que lograron que la Corte IDH condenara al Estado peruano por las violaciones de derechos humanos cometidas durante el gobierno de Alberto Fujimori.
Liberación de Fujimori: el caso que podría llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos
La liberación del expresidente Alberto Fujimori, ordenada por el Tribunal Constitucional (TC) el pasado martes, podría llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Los familiares de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, que fueron condenados por Fujimori, han anunciado que recurrirán a la Corte IDH para que declare la invalidez de la resolución del TC.
Los familiares sostienen que la resolución del TC viola el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establece que toda persona tiene derecho a ser oída por un tribunal imparcial.
En su resolución, el TC declaró que la resolución de la Corte IDH que ordenó al Estado peruano abstenerse de ejecutar la decisión del TC que restituyó el indulto ya no es vinculante.
Sin embargo, los familiares de las víctimas sostienen que la resolución de la Corte IDH es vinculante y que el TC no tiene la competencia para declarar lo contrario.
En caso de que la Corte IDH acepte el recurso de los familiares de las víctimas, podría declarar la invalidez de la resolución del TC y ordenar la reclusión de Alberto Fujimori.
La decisión de la Corte IDH tendría un impacto importante en el caso de Alberto Fujimori y en el sistema de justicia peruano.
Si la Corte IDH declara la invalidez de la resolución del TC, significaría que el Estado peruano ha violado los derechos humanos de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta.
También significaría que el TC no tiene la última palabra en casos relacionados con derechos humanos, y que los tribunales internacionales pueden intervenir para proteger los derechos de las víctimas.