Vladimiro Montesinos Torres, el controvertido exasesor presidencial, celebró este martes 20 de mayo sus 80 años de edad, una fecha que lo convierte en un potencial candidato para acogerse a la Ley 32181. Esta normativa, aprobada en 2024, permite a adultos mayores condenados cumplir sus penas bajo arresto domiciliario por razones humanitarias.
La Ley 32181 modificó el artículo 22 del Código Penal para incorporar un párrafo que habilita a los mayores de 80 años a cumplir sus condenas según lo dispuesto en los artículos 288 y 20 del Nuevo Código Procesal Penal. Estos artículos abren la puerta a medidas alternativas a la prisión efectiva, como el arresto domiciliario, siempre y cuando el sentenciado no represente un riesgo de fuga, demuestre arraigo domiciliario y obtenga una evaluación favorable del juez competente.
Montesinos y la Ley 32181: Un análisis de su caso
Vladimiro Montesinos fue condenado a 25 años de prisión por casos emblemáticos como Barrios Altos, Pativilca y La Cantuta, además de acumular múltiples sentencias por corrupción, tráfico de armas y espionaje ilegal. Desde 2001, ha cumplido su condena en la Base Naval del Callao, un centro de reclusión de máxima seguridad para internos de alta peligrosidad, donde ha permanecido bajo estrictas medidas de seguridad por más de dos décadas.
En 2024, el Tribunal Constitucional decidió refundir sus penas en una única condena de 25 años, lo que proyecta su fecha de liberación para junio de 2026, es decir, dentro de poco más de un año. Con la entrada en vigor de la Ley 32181, la defensa de Montesinos podría argumentar que, al haber superado los 80 años y contar con una sentencia firme, tiene derecho a solicitar un cambio en su régimen penitenciario.
Sin embargo, la naturaleza y la extrema gravedad de los delitos por los que Montesinos fue sentenciado —incluidos asesinatos y desapariciones forzadas— podrían ser un obstáculo judicial significativo para la concesión de este beneficio.
El precedente de Alejandro Toledo
Un caso reciente que sienta un precedente es el del expresidente Alejandro Toledo. También habiendo cumplido 80 años, Toledo solicitó acogerse a la Ley 32181 alegando enfermedades graves y la necesidad de atención médica especializada.
A pesar de sus argumentos, el juez Richard Concepción Carhuancho denegó su pedido el pasado viernes 9 de mayo, fundamentando su decisión en que Toledo aún no cuenta con una sentencia firme. Este antecedente sugiere que, si bien la edad es un factor clave, no es el único determinante. El juez debe realizar una valoración exhaustiva del perfil del condenado, la tipología del delito y la posible existencia de riesgo de reincidencia o de obstaculización de la acción de la justicia.
La decisión sobre Montesinos, de solicitar el beneficio, recaerá en el Poder Judicial, que deberá ponderar la ley humanitaria con la gravedad de los crímenes que marcaron una etapa oscura en la historia del Perú.