Una ola de controversia ha surgido tras la aprobación en el Consejo de Ministros de un aumento que eleva el sueldo de la presidenta Dina Boluarte a más de S/ 35,568. La medida, calificada de inconstitucional por algunos sectores, fue anunciada por el ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez-Reyes, quien justificó la decisión en una comparación con los salarios de otros presidentes y las remuneraciones de ministros de Estado.
Pérez-Reyes argumentó que este incremento se da en atención a una resolución de la Presidencia Ejecutiva de Servir y a la Ley de Servicio Civil, en lo referente a la remuneración del Presidente de la República. Por su parte, el presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana, instó a no caer en la "demagogia ni escarnio" respecto a la institución presidencial, y defendió que el aumento salarial es acorde con las funciones que desarrolla la máxima autoridad del país.
Contradicción legal y límite de 10 URSP
Sin embargo, la medida choca frontalmente con lo establecido en la Ley N° 28212 (Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado). El artículo 4 de esta ley, en su inciso 1, es claro al señalar que "El Presidente de la República tiene la más alta remuneración en el servicio de la Nación. Ésta es fijada por el Consejo de Ministros en un monto superior a la de los congresistas de la República y no será mayor a diez URSP".
Considerando que para el año 2025, el valor de la URSP (Unidad de Remuneración del Sector Público) fue fijado en S/ 2,600 (según Decreto Supremo N° 087-2024-PCM), la remuneración máxima que la Presidenta podría percibir legalmente asciende a S/ 26,000 mensuales (10 URSP). Este monto es considerablemente inferior a los más de S/ 35,000 soles aprobados, lo que, según juristas, convierte la medida en ilegal e inconstitucional.
Previamente, el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate, había sostenido que el sueldo de la presidenta está establecido en la Constitución Política y que el aumento era un cumplimiento de esta, afirmando que "si la presidenta anuncia que se va a disminuir el sueldo, sería un acto populista".
Transparencia en entredicho
La polémica se agrava con las declaraciones del presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana, quien, sin ofrecer argumentos constitucionales ni jurídicos sólidos, sostuvo que la remuneración de la jefa de Estado es "información reservada" y que la ley prohíbe su divulgación pública.
Asimismo, se ha puesto en tela de juicio el informe que supuestamente justifica el aumento, ya que fue solicitado por el entonces presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, y no por Servir, contradiciendo las afirmaciones iniciales. Este informe "exprés" aseguraba que el cálculo del nuevo salario no se basa en criterios arbitrarios, sino en fórmulas técnicas y comparaciones internacionales; no obstante, los críticos señalan que un "informe técnico" no puede prevalecer sobre una ley, lo que demuestra un "desconocimiento" por parte de los funcionarios.
La decisión del aumento salarial, y la forma en que se ha justificado, continúa generando un intenso debate sobre la legalidad y la transparencia en la gestión de los recursos públicos.