
Sala de Apelaciones desestima pedido para suspender la ejecución de la pena por el caso "Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua". Exmandatario permanecerá en el penal de Barbadillo bajo estricto control médico.
El panorama legal para el expresidente Martín Vizcarra Cornejo se torna cada vez más sombrío. La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional rechazó de manera contundente el pedido de su defensa para suspender la ejecución provisional de la condena de 14 años de prisión que le fue impuesta por el delito de cohecho pasivo propio.
Con la Resolución N.° 8, emitida el pasado 26 de enero, el tribunal ratificó que el exmandatario debe continuar cumpliendo su sentencia de forma inmediata, desestimando los intentos de su defensa por alcanzar la libertad mientras se resuelve la apelación de fondo.
Argumentos: Un pedido "jurídicamente inviable"
El colegiado, integrado por los jueces Enríquez Sumerinde, Magallanes Rodríguez y Guillén Ledesma, determinó que la solicitud de Vizcarra carecía de sustento legal. La defensa intentó invocar la caducidad de medidas restrictivas previas para frenar la cárcel; sin embargo, los magistrados aclararon que dicha condición no tiene efecto sobre una sentencia ya dictada por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional en noviembre de 2025.
El tribunal fue enfático: el trámite de los recursos de apelación no suspende los efectos de la condena. En términos sencillos, Vizcarra seguirá preso mientras los jueces revisan el caso, pues se considera que la sentencia de primera instancia mantiene plena vigencia y legalidad.
Salud bajo lupa en Barbadillo
Pese al rechazo de la suspensión, la Sala dispuso una medida humanitaria complementaria. Se ha ordenado a las autoridades del Penal de Barbadillo remitir informes médicos quincenales sobre el estado de salud del expresidente.
Esta disposición busca garantizar que las dolencias crónicas que manifiesta el interno sean atendidas adecuadamente, asegurando que el Estado cumpla con su deber de velar por la integridad física de los reclusos, pero sin que esto signifique —bajo ningún concepto— una alteración o interrupción de la pena impuesta.
El escenario para el 2026
Este fallo marca un precedente clave en el inicio del año electoral, cerrando las puertas a una posible liberación política del líder de "Perú Primero". Con esta decisión, el Poder Judicial reafirma su postura de aplicar la ejecución provisional de la pena en casos de corrupción de altos funcionarios, descartando cualquier interpretación que permita la impunidad temporal.











