
El tribunal superior rechazó los recursos del Ministerio Público y la Procuraduría que buscaban reactivar el proceso. Los magistrados determinaron que continuar con la persecución penal por lavado de activos carece de viabilidad jurídica y extendieron el beneficio a Mark Vito.
En una decisión que marca un punto de quiebre en el escenario político y judicial del país, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que favorece a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi. Con este fallo, el tribunal superior dispuso el archivo definitivo del caso ‘Cócteles’, dejando formalmente sin efecto las imputaciones por los presuntos delitos de lavado de activos y organización criminal que pesaban en su contra.
La resolución de la Sala se emitió en respuesta a los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Público y la Procuraduría Pública, instituciones que pretendían retrotraer las etapas del proceso. Sin embargo, los magistrados determinaron de forma unánime que el juez de investigación preparatoria actuó conforme a derecho al ejecutar de manera inmediata el mandato del máximo intérprete de la Constitución.
Restitución de derechos fundamentales
El colegiado superior enfatizó en los fundamentos de su resolución que los fallos emitidos por el Tribunal Constitucional poseen un carácter estrictamente vinculante para todos los jueces y fiscales del sistema judicial peruano. En esa línea, los magistrados argumentaron que la sentencia del TC no podía quedar en un plano simbólico o meramente declarativo.
“La sentencia debe traducirse en acciones concretas para restituir los derechos fundamentales que fueron vulnerados durante el desarrollo de la investigación”, constitucionalizó la Sala en el documento.
Asimismo, el tribunal rechazó categóricamente la pretensión de la Fiscalía de retomar el caso bajo otras premisas, concluyendo que correspondía dictar el sobreseimiento definitivo (archivo) debido a que la continuación de la persecución penal contra la excandidata presidencial carece por completo de viabilidad jurídica.
Vulneración al principio de legalidad
Uno de los puntos más críticos del dictamen de apelación advierte que la estructura de la acusación fiscal presentaba vicios de origen. Según el tribunal, la estrategia del Ministerio Público vulneraba el principio de legalidad al intentar aplicar figuras penales de forma incompatible con la naturaleza de los hechos investigados, forzando tipos sancionatorios que no se ajustaban al marco normativo vigente al momento de los sucesos.
Finalmente, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional dispuso extender los efectos de este fallo a los demás coimputados comprendidos en la investigación, entre ellos a su exesposo Mark Vito Villanella. El tribunal precisó que, al haberse caído la tesis principal de la Fiscalía, no existe una base jurídica independiente para mantener abiertos los procesos derivados, cerrando de manera definitiva uno de los casos judiciales más emblemáticos y prolongados de la última década.











