
Un reportaje reveló que el Ejecutivo destinó más de S/ 1.1 millones para los viajes del mandatario en sus primeros cuatro meses de gestión. El abogado Hugo Mendoza señala que la Fiscalía podría configurar delitos de malversación o peculado.
El uso de los recursos del Estado para financiar los desplazamientos del presidente de la República, José María Balcázar, ha entrado en una fase de severo cuestionamiento público y legal. Esto ocurre luego de que un reportaje periodístico revelara que, en apenas sus primeros cuatro meses de gestión, el Despacho Presidencial y el Poder Ejecutivo destinaron la suma de S/ 1 millón 124 mil para cubrir dichas actividades dentro del territorio nacional.
Ante este panorama, el abogado penalista Hugo Mendoza advirtió que, de comprobarse irregularidades o un uso indebido de las partidas presupuestales para financiar estos traslados, el Ministerio Público podría evaluar delitos graves contemplados en el Código Penal, tales como malversación de fondos o peculado de uso.
La ruta del dinero y el papel clave de la Contraloría
Según explicó el especialista, el eje central de las investigaciones fiscales radicará en determinar con precisión el origen de los recursos económicos utilizados.
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Configuración del delito: “Para acreditar una malversación de fondos será necesario demostrar que, efectivamente, se trasladó dinero de una partida presupuestal a otra para financiar estos viajes”, precisó Mendoza.
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Modificaciones bajo la lupa: El presupuesto público se aprueba con estricta anticipación y fines específicos. De haberse empleado dinero destinado originalmente a otras metas sectoriales, se habría producido una alteración ilegal en el destino de los fondos públicos.
Por esta razón, el abogado enfatizó que la labor técnica de la Contraloría General de la República será determinante para establecer de manera científica si las modificaciones presupuestarias se realizaron conforme a la normativa vigente o si se cometieron ilícitos. Asimismo, advirtió que la responsabilidad legal podría alcanzar a las áreas de logística, tesorería y a los funcionarios encargados de autorizar dichos movimientos de fondos.
Las penas y el blindaje presidencial en funciones
Respecto a las consecuencias jurídicas si se confirma la responsabilidad penal, el letrado detalló que este tipo de delitos contra la administración pública contempla sanciones severas:
Las penas de prisión oscilan entre uno y cuatro años, pero la pena máxima puede llegar hasta los ocho años de cárcel efectiva en sus formas agravadas. A esto se le sumaría una eventual inhabilitación para ejercer cualquier cargo público por un período de entre cinco y veinte años.
Finalmente, sobre la viabilidad de procesar al mandatario debido a su alta investidura, Mendoza recordó que el presidente cuenta con una protección constitucional que impide su procesamiento penal por la vía ordinaria mientras permanezca en funciones. No obstante, aclaró que este blindaje no impide que el Ministerio Público inicie e impulse diligencias preliminares. En ese sentido, la Fiscalía se encuentra facultada para solicitar la exhibición voluntaria de documentación a las entidades del Ejecutivo sin requerir de una orden judicial, mecanismo clave para el acopio de pruebas.











