
El requerimiento formal fue ingresado al Gobierno Regional de Tacna para hacerse efectivo a partir del 4 de septiembre, dando cumplimiento estricto a las disposiciones obligatorias del Jurado Nacional de Elecciones.
El panorama político con miras a las Elecciones Regionales y Municipales 2026 empieza a registrar sus primeros movimientos oficiales en la alta dirección regional. El gobernador de Tacna, Luis Ramón Torres Robledo, solicitó de manera formal una licencia sin goce de haber por un periodo de 30 días calendario con el propósito de participar activamente como candidato en la próxima contienda electoral.
La solicitud quedó ratificada mediante un documento oficial, el cual ingresó formalmente por mesa de partes de la Oficina de Atención al Ciudadano y Archivo Institucional del pliego regional el pasado 15 de junio de 2026, y derivado a la Gerencia General Regional al día siguiente, 16 de junio.
Plazos y sustento legal de la medida
De acuerdo con el texto de la sumilla firmada por la autoridad regional, el cese temporal en sus funciones ejecutivas está programado para hacerse efectivo a partir del 4 de septiembre de 2026, fecha en la que se apartará de la conducción de la sede gubernamental.
En el documento técnico Torres Robledo fundamenta su requerimiento en los siguientes lineamientos del ordenamiento electoral vigente:
- Disposición del JNE: Amparado en la Resolución N.° 00746-2025-JNE emitida por el Jurado Nacional de Elecciones con fecha 11 de diciembre de 2025.
- Normativa general: En estricta observancia de las leyes electorales aplicables a las autoridades en ejercicio que optan por la reelección o postulación a cargos públicos.
"Por lo expuesto, agradeceré se sirva disponer las acciones administrativas correspondientes para la atención de la presente solicitud, teniéndola por presentada dentro del plazo establecido", suscribe el gobernador en el folio formalizado con su rúbrica y huella digital.
Con la presentación de esta documentación, la actual autoridad regional busca evitar cualquier tipo de impugnación o tacha administrativa ante los jurados electorales especiales, dejando el camino expedito para el inicio oficial de su campaña proselitista en el mes de septiembre, mientras dure el encargo provisional del despacho de gobernación a quien corresponda por línea de sucesión legal.











