
Bajo el marco legal peruano, un gobernador regional o un alcalde provincial o distrital que invita a un candidato a una inauguración de obra está vulnerando el Principio de Neutralidad, lo cual es una infracción electoral grave.
Aquí detallamos los puntos legales exactos que se infringen:
1. El Deber de Neutralidad (Ley N° 26859)
Según la Ley Orgánica de Elecciones y el Reglamento de Neutralidad del JNE, todas las autoridades públicas (incluyendo gobernadores) están prohibidas de realizar actos de proselitismo político o de favorecer a cualquier candidato u organización política.
La prohibición específica: No pueden practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato (Art. 346 y 347).
Uso de recursos públicos: Una inauguración es un evento financiado con dinero del Estado. Llevar a un candidato le otorga a este una exposición indebida y una ventaja injusta frente a sus competidores, utilizando la logística y el presupuesto público.
2. Restricciones en Publicidad Estatal
El Reglamento de Propaganda Electoral y Publicidad Estatal prohíbe que en los eventos o comunicaciones de las entidades públicas aparezcan:
Nombres, imágenes o voces de candidatos.
Símbolos o colores que puedan asociarse directamente con una organización política en contienda.
3. ¿Cuáles son las consecuencias para la autoridad?
Si el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a través de sus fiscalizadores, comprueba la infracción:
Multa administrativa: La sanción económica puede oscilar entre las 30 y 100 UIT (una multa que puede superar los 500,000 soles).
Proceso Disciplinario: Se remite lo actuado al Ministerio Público y a la Contraloría General de la República por el presunto uso indebido de recursos públicos.
Impacto para el candidato: El candidato también podría ser investigado por recibir beneficios de fuentes prohibidas (recursos estatales).
"¡Mucho ojo con los 'padrinos' políticos! Si ven a una autoridad cortando la cinta de una obra nueva y al costado aparece un candidato sonriendo para la foto, eso tiene nombre y apellido: Infracción a la Neutralidad. La plata de las obras es de todos los tacneños, no para aceitar la campaña de nadie. Si ven esto, saquen su celular, graben y denuncien al WhatsApp del JNE. ¡En Tacna queremos obras, no campañas disfrazadas!"
MODELO DE DENUNCIA POR INFRACCIÓN AL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD
SUMILLA: Formulo denuncia por presunta infracción a las normas de neutralidad contra el [nombre de la autoridad].
SEÑOR PRESIDENTE DEL JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE TACNA:
Yo, [Nombres y Apellidos Completos], identificado con DNI N° [Número de tu DNI], con domicilio real en [Tu dirección actual] y correo electrónico [Tu email], ante usted me presento y expongo:
I. OBJETO DE LA DENUNCIA
Que, en ejercicio de mi derecho ciudadano y en salvaguarda de la transparencia del proceso electoral Elecciones 2026, interpongo denuncia contra el señor [Nombre de la Autoridad], en su calidad de [Cargo: ej. Gobernador Regional de Tacna], por la presunta vulneración del Principio de Neutralidad establecido en el Artículo 346° de la Ley Orgánica de Elecciones y el Reglamento de Neutralidad vigente.
II. RELACIÓN DE LOS HECHOS
Que, con fecha [Día/Mes/Año], siendo aproximadamente las [Hora], la autoridad denunciada encabezó el evento público de inauguración de la obra [Nombre de la obra, ej. Vía de evitamiento].
Que, durante el desarrollo de dicho evento oficial, financiado con recursos del Estado, se contó con la presencia destacada del candidato [Nombre del Candidato], quien postula al cargo de [Cargo al que postula] por el partido [Nombre del Partido].
Que, la autoridad denunciada no solo permitió su presencia, sino que [describir la falta: ej. le cedió el uso de la palabra, lo presentó como gestor de la obra, permitió que apareciera en el corte de cinta o que vistiera distintivos partidarios], favoreciendo indebidamente su imagen frente al electorado.
III. MEDIOS PROBATORIOS
Para sustentar lo expuesto, adjunto lo siguiente:
[Anexo 1-A]: Fotografías impresas donde se observa a la autoridad y al candidato en el evento oficial.
[Anexo 1-B]: Enlace de video de la transmisión en vivo realizada por la página oficial de la institución [o video en CD/USB].
[Anexo 1-C]: Captura de pantalla de la nota de prensa o publicación en redes sociales donde se promociona la imagen del candidato en el evento público.
IV. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
Base legal: Artículo 31° de la Constitución Política del Perú; Artículos 346° y 347° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; y el Reglamento de Neutralidad en el Ámbito Electoral del JNE.
POR LO EXPUESTO: Solicito a su despacho admitir la presente denuncia, derivarla al área de fiscalización y, tras el debido proceso, sancionar a los responsables conforme a ley para garantizar la equidad en la contienda electoral.
Tacna, [Día] de [Mes] de 2026.
(Firma)
[Tu Nombre Completo] DNI N° [Tu número]
🎙️ El consejo de "Radio La Estación":
"¡Ya lo tienen! No necesitan ser abogados para defender la democracia. Si ven una autoridad haciendo campaña con la plata de sus impuestos, llenen este modelito, adjunten sus videos y llévenlo al JEE. Las autoridades están para servir al pueblo, no para servirse de las obras para ganar votos. ¡Hagamos que se respete a Tacna!"











