Juez de primera instancia señala que Corte Suprema se equivocó. Aclaran que prescripción se debe a antigua ley.
John Paredes Salas, el juez que retrasó dos años el proceso para que el Jurado Nacional de Elecciones esté completo para las elecciones de 2021, anuló la sentencia de negociación incompatible a Vladimir Cerrón. Con esta decisión, el líder de Perú Libre puede postular u ocupar cargo en el Estado.
Esta decisión responde a un habeas corpus del izquierdista, contra las decisiones de otras instancias judiciales.
Responsabilidad ajena
Incluso ha corregido a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. Según el magistrado constitucional, se valoró como prueba un documento elaborado por otra persona.
“La Carta 0087-2011-CRJ/PR, si bien fue firmada por el recurrente, fue elaborada por la Oficina de Gerencia Regional de Junín, y porque existía un acta de conciliación (mandato ejecutivo) que debía cumplirse a fin de evitar que la entidad pueda verse perjudicada. Por lo dicho, apreciamos que la Sala Penal Permanente no ha analizado los límites de la posición de garante del Titular del Pliego, conforme fue establecido en la Sentencia Casatoria 23-2016/ICA”, resolvió Paredes.
En 2021, Cerrón había acudido al Tribunal Constitucional, e incluso a un juez constitucional de Junín, pero su reclamo no procedió porque aún estaba pendiente una casación en la instancia que preside el polémico César San Martín.
Esta nulidad también contempla que la Carta N.° 117-2011-GRJ/PR fue suscrita por Henry López Cantorín, entonces funcionario regional.
La Procuraduría Pública del Poder Judicial anunció que impugnará el fallo emitido en primera instancia por el 3er Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Lima, que declaró fundado en parte un habeas corpus presentado por el exgobernador regional de Junín, Vladimir Cerrón, en el caso denominado La Oroya.
La Procuraduría remarcó que dicha resolución ‘no es definitiva’ y que ‘será revisada en segunda instancia’ por una sala superior.