La revocatoria es un mecanismo de participación ciudadana que permite a los electores remover a sus autoridades elegidas, a través de un referéndum.
En Perú, la revocatoria está regulada por la Constitución Política y la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
¿Quiénes pueden ser objeto de revocación?
Pueden ser objeto de revocación las siguientes autoridades:
Alcaldes y regidores provinciales
Alcaldes y regidores distritales
Presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales
¿Cómo se presenta un pedido de revocatoria?
Para presentar un pedido de revocatoria, se requiere el apoyo de un número mínimo de adherentes, que es del 25% del total de electores de la circunscripción electoral correspondiente.
El trámite para presentar un pedido de revocatoria es el siguiente:
El promotor o interesado adquiere el kit electoral en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Completa la información requerida en el kit electoral.
Presenta los planillones de firmas de adherentes con los respectivos medios magnéticos u ópticos, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para que proceda a verificar la autenticidad de las firmas.
RENIEC remitirá a la ONPE la constancia de haber alcanzado el mínimo requerido; y otorgará al promotor el acta respectiva.
El promotor presentará la solicitud de convocatoria de consulta popular a la ONPE para su verificación.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convoca a consulta popular de revocatoria de autoridades y fija la fecha de ésta.
¿Qué cantidad de votos se necesita para revocar a una autoridad?
La revocatoria de las autoridades procederá al cumplimiento de dos premisas:
Que el 50% del total de electores haya asistido al centro de votación a emitir su voto.
El voto aprobatorio por la revocatoria del 50% más uno (50% + 1) del total de votos válidamente emitidos.
¿Quién reemplaza a la autoridad revocada?
De ser aprobatoria la revocatoria, el JNE acredita como reemplazante de la autoridad revocada, a los candidatos no proclamados de la misma lista electoral del revocado, y en caso de no existir más candidatos, a los de la lista que alcanzó el siguiente lugar en el número de votos en la elección correspondiente, para que completen el período del mandato para el que fueron elegidos los revocados.
¿Qué pasa si es revocado más de un tercio de los miembros del concejo municipal o regional?
En este caso, se convoca a nuevas elecciones. En tanto no son elegidos, asumen el cargo los accesitarios o candidatos no proclamados.
El revocado del cargo puede ser candidato al mismo cargo en las siguientes elecciones, a excepción del proceso de elección referido en el párrafo precedente.
Conclusión
La revocatoria es un mecanismo importante de participación ciudadana que permite a los electores responsabilizar a sus autoridades.
Sin embargo, es importante recordar que la revocatoria no debe utilizarse de forma irresponsable, ya que puede generar inestabilidad democrática.