La inclusión de estos delitos no solo busca sancionar a los responsables, sino también disuadir a quienes consideren involucrarse en estas actividades ilícitas.
El Gobierno de Perú ha modificado su Código Penal para incorporar la modalidad de préstamos extorsivos, también conocidos como préstamos “gota a gota”, en el tipo penal de extorsión.
La Ley 32183, que incorpora cambios al Decreto Legislativo 635, establece penas de prisión que oscilan entre los 10 y 15 años para quienes cometan este delito. Además, se ha añadido el artículo 8-A a la Ley 30096, conocida como la Ley de Delitos Informáticos, para incluir el delito de Préstamos Informáticos Extorsivos.
La nueva legislación no solo se centra en los préstamos extorsivos tradicionales, sino que también abarca aquellos realizados a través de medios informáticos. Según el texto legal, las penas pueden agravarse en situaciones específicas, como cuando se utiliza violencia para obtener una ventaja indebida.
También se consideran circunstancias agravantes si la víctima es menor de edad, tiene alguna discapacidad, es un adulto mayor con una enfermedad grave o se encuentra en situación de vulnerabilidad.
Con estas modificaciones, el Gobierno peruano pretende fortalecer el marco legal para combatir de manera más efectiva las prácticas extorsivas, especialmente aquellas que se realizan a través de medios digitales, reflejando una respuesta a la creciente sofisticación de estos delitos en el entorno digital.
La nueva legislación establece penas severas para quienes, mediante amenazas o engaños, obliguen a aceptar contratos simulados con el fin de obtener ventajas indebidas.
El artículo 200 del Código Penal ha sido revisado para incluir sanciones de entre diez y quince años de prisión para aquellos que, utilizando violencia o amenazas, obliguen a personas o instituciones a proporcionar beneficios económicos indebidos.
Delitos informáticos
Se ha incorporado el artículo 8-A a la Ley de Delitos Informáticos, Ley 30096, que aborda específicamente los préstamos informáticos extorsivos. Este artículo establece penas de prisión de diez a quince años para quienes, a través de plataformas digitales, obliguen a aceptar contratos simulados.